Regulación del arresto domiciliario como medida cautelar en el proceso penal ecuatoriano
DOI:
https://doi.org/10.18272/ulr.v12i2.3910Palabras clave:
Procedimiento penal, medida cautelar, arresto domiciliario, privación de libertad, requisitos , reforma legalResumen
En el sistema penal ecuatoriano, las medidas cautelares son esenciales para asegurar la efectividad de la investigación y el proceso, así como proteger a las víctimas y a la sociedad hasta la sentencia definitiva. El Código Orgánico Integral Penal, incluye varias medidas de carácter real y personal. Dentro del segundo grupo ––afectan directamente a la persona procesada–– ubica al arresto domiciliario como una medida restrictiva de libertad, pero en el domicilio de cada individuo, impidiendo el ingreso a un centro de privación de libertad.
Con estas consideraciones, en países como España, Colombia o Perú, el arresto domiciliario es visto como una forma atenuada de la prisión preventiva independientemente del lugar de ejecución. Sus altas magistraturas han subrayado que los individuos bajo esta medida están jurídicamente privados de libertad, por lo tanto, establecen requisitos claros de procedencia con la finalidad de evitar vacíos legales, decisiones judiciales desiguales y la eventual afectación a la seguridad jurídica. Sin embargo, a diferencia de estos países, en Ecuador no existen tales presupuestos de dictación.
La falta de criterios sobre la institución del arresto domiciliario en el país resulta segregacionista frente al desarrollo institucional de la prisión preventiva, provocando un riesgo para el debido proceso. En este contexto, la presente investigación busca analizar estos aspectos y resaltar la necesidad de implementación de requisitos de procedencia para la aplicación del arresto domiciliario en Ecuador, garantizando su uso adecuado e impedir arbitrariedades en la práctica.
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