La vigencia del alterum non laedere en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, ¿un principio general o un deber jurídico?

Autores/as

  • Ana Paula Flores Larrea Universidad San Francisco de Quito
  • Iván Andrés Izquierdo Izquierdo Universidad San Francisco de Quito
  • Felipe Guzmán Guzmán Burbano Universidad San Francisco de Quito https://orcid.org/

DOI:

https://doi.org/10.18272/ulr.v8i1.2182

Palabras clave:

Alterum non laedere; deber general de no dañar; derecho de daños; daño, principio; deber; obligación; responsabilidad civil; naturaleza jurídica

Resumen

El alterum non laedere, neminem laedere o también conocido como el deber general de no dañar, históricamente ha generado discusiones en cuanto a su existencia, reconocimiento y alcance. La principal crítica que se le hace es sobre su incidencia en la seguridad jurídica, ya que su reconocimiento absoluto implicaría que todo y cualquier daño es indemnizable. Por otro lado, si no se lo reconociese, se estaría dejando en indefensión a las víctimas de daños injustos no tipificados. Por ello, primero, se buscará entender al alterum non laedere a través de su concepto, desarrollo histórico y sus principales críticas. Segundo, se analizará la naturaleza jurídica del deber de no dañar para entender su alcance. Por último, se evaluará su reconocimiento a partir de la normativa y jurisprudencia ecuatoriana, en contraste con el sistema de España y Argentina. Así, se pretende dar luces para la aplicación del alterum non laedere, de tal manera que se alcance su eficacia máxima.

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Publicado

2021-05-09

Cómo citar

Flores Larrea, Ana Paula, et al. «La Vigencia Del Alterum Non Laedere En El Ordenamiento jurídico Ecuatoriano, ¿un Principio General O Un Deber jurídico?». USFQ Law Review, vol. 8, n.º 1, mayo de 2021, pp. 147-71, doi:10.18272/ulr.v8i1.2182.

Número

Sección

Artículos