La primera disposición transitoria de la Decisión 344 del Acuerdo de Cartagena

Autores/as

  • Luis Henrique Farías Mata Universidad San Francisco de Quito

DOI:

https://doi.org/10.18272/iu.v1i1.472

Palabras clave:

disposición transitoria, Decisión 344, Acuerdo de Cartagena, Disposición Transitoria Cuarta, regulaciones comunitarias, principios fundamentales, derechos adquiridos, interés general o colectivo

Resumen

El texto de la Disposición Transitoria Cuarta de la Decisión 344 se ha mantenido invariable en todas las regulaciones comunitarias. Aquella reposa sobre dos principios fundamentales: el inveterado respeto a los derechos adquiridos; acompañado, de otra parte, por las naturales restricciones que todo derecho comporta en beneficio del interés general o colectivo.

El texto de la Disposición Transitoria Cuarta de la Decisión 344 se ha mantenido invariable en todas las regulaciones comunitarias. Aquella reposa sobre dos principios fundamentales: el inveterado respeto a los derechos adquiridos; acompañado, de otra parte, por las naturales restricciones que todo derecho comporta en beneficio del interés general o colectivo.

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Publicado

2000-01-01

Cómo citar

Farías Mata, L. H. (2000). La primera disposición transitoria de la Decisión 344 del Acuerdo de Cartagena. Iuris Dictio, 1(1). https://doi.org/10.18272/iu.v1i1.472

Número

Sección

Miscelánea