Alrededor del mundo se pueden encontrar dos modelos básicos de adjudicación constitucional: el americano y el kelseniano. A primera vista se podría diferenciar fácilmente el uno del otro por el mero hecho de que en el modelo americano no hay una corte constitucional separada. La adjudicación constitucional está, así, incorporada en el propio sistema jurídico. Este trabajo propone que dicha diferenciación es más complicada de lo que parece y que el fundamento de distinción no es la existencia de una corte constitucional. Al seguir un enfoque funcional este trabajo busca, en cambio, analizar si la actividad de adjudicación constitucional es más cercana al poder judicial o bien es una "legislación negativa", tal como pensaba Kelsen. Este enfoque se articula en un análisis de la separación de poderes y competencias de las cortes constitucionales, especialmente a partir de dos nociones: la revisión abstracta del derecho y el reclamo individual. La nueva constitución de Hungría cambió el papel de la corte constitucional. Este trabajo concluye que debido a estas modificaciones el sistema de adjudicación constitucional húngaro tomó un giro desde el modelo kelseniano hacia aquel americano.
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