Los límites de un acuerdo de paz (a propósito de los Acuerdos de La Habana)
DOI:
https://doi.org/10.18272/iu.i32.3004Resumen
Luego de muchos años de conflicto armado interno en Colombia, se firmó en el año 2016 en La Habana, Cuba, el “Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” (Acuerdos de La Habana o el Acuerdo). Los Acuerdos de La Habana surgieron como consecuencia de distintos intentos previos tendientes a disminuir la violencia y generar una paz duradera para ese país. En este trabajo se estudia el punto 5 del Acuerdo que se refiere específicamente al “Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto: “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición” incluyendo la Jurisdicción Especial para la Paz; y Compromiso sobre Derechos Humanos”. Se sostiene que los negociadores hicieron un importante esfuerzo para que los compromisos asumidos estuvieran en línea con estándares internacionales de respeto a los derechos humanos en el ámbito de los que se conoce como procesos de “justicia transicional”. La pregunta principal que se propone responder en este trabajo es ¿lo lograron? La conclusión sostiene que, salvo que exista algún cambio importante sobre todo en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, si algunas víctimas acuden al sistema interamericano de derechos humanos se corre el riesgo que el propio Acuerdo sea impugnado en el futuro por la Corte.
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Derechos de autor 2023 Eduardo Bertoni
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