
Señores Conjueces de la Segunda Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Suprema: Yo, en el recurso de casación interpuesto por el Banco en el juicio por daño moral N° 201-99, respetuosamente digo: El 6 de enero de 1986, el Banco me acusó por un delito que afirmó habíamos cometido diecisiete de sus funcionarios; fui procesado penalmente y el juicio terminó en 1992, al declararse abandonada y prescrita la acción después de largos seis años en los que me vi obligado a defender mi libertad y mi honor. El procesamiento injustificado es una de las causas del daño moral por la que se puede demandar reparación; lo hice, como lo habían hecho anteriormente otros de los acusados, y en las dos instancias del juicio se me dio la razón. El presente recurso de casación intenta nulitar la última de las sentencias.
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