El presente artículo analiza, a breves rasgos, los problemas actuales de la implementación de la prevención penal anticipativa. Esta teoría se basa en el adelantamiento de la barrera punitiva a situaciones que carecen de un factum sujeto de reproche penal o de lesividad. Lo que se pretende sancionar, a través de una prevención general negativa basada en el principio de precaución, es la amenaza de ejecutar determinadas actividades que socialmente se categorizan como peligrosas. La prevención penal anticipativa cambia el ámbito de actuación penal, convirtiéndolo en un derecho penal prospectivo. Por lo tanto, no se acopla a los principios rectores del derecho penal dentro de un estado liberal de derecho. Los problemas se evidencian tanto en materia sustantiva como procesal y sus consecuencias van en detrimento de los derechos fundamentales de los ciudadanos y del principio general de última ratio de la actuación penal.
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