El artículo analiza las implicaciones que tiene el Derecho a la Ciudad y cómo su constitucionalización en el Ecuador ha permitido, o no, que los ciudadanos puedan apropiarse del Espacio Público. Además, se pregunta si la normativa secundaria ecuatoriana ha desarrollado este innovador concepto, o si al contrario la Administración Municipal y los políticos, continúan privilegiando un concepto persecutorio de seguridad versus el de apropiación de los espacios públicos.
Para ello, se utilizan herramientas de levantamiento de información cuantitativa y cualitativa, la cual es analizada bajo la utilización de indicadores de inclusividad, seguridad, actividades significativas, organicidad y actores, e institucionalidad, que permitieron concluir que la constitucionalización del Derecho a la Ciudad es un concepto al que hace falta darle contenido, ya que la orientación punitiva de la norma termina por restringir el uso de espacio público sin aportar al ejercicio del derecho.