Este artículo presenta una propuesta de diseño y funcionamiento de la justicia constitucional con el objetivo de que esta fortalezca el sistema de división de poderes y canalice el cambio social. Se trata de una concepción del control de constitucionalidad en el marco de la democracia deliberativa y el constitucionalismo transformador. Bajo esa perspectiva, el rol de los jueces constitucionales es defender los elementos básicos de la democracia representativa, tomar en serio la presunción de constitucionalidad de las leyes e interactuar dialógicamente con el legislador. Además, la justicia constitucional contribuye a detectar los puntos ciegos del sistema democrático, fortalece la deliberación como un diálogo público y canaliza ejercicios de litigio de interés público. El objetivo es que los jueces atiendan el contexto en el que operan sin minar los elementos fundamentales de la conversación democrática. Asimismo, la justicia constitucional ostenta un carácter representativo que
reduce su tensión o déficit democrático y la erige en un escenario para una adjudicación estratégica y cooperativa.