En el espectro internacional, el discurso ofensivo hacia la religión es un tema sumamente controversial en muchos países con diversidad religiosa. Examino el tema en este artículo desde la perspectiva de las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Muestro que los derechos a la libertad de expresión, libertad de conciencia y religión, y la no discriminación no proveen protecciones contra un discurso insensible, insultante o hasta blasfemo. El prohibir un discurso porque muestre una falta de respeto hacia una o más religiones efectivamente impone en algunos las creencias religiosas de otros, negando así no
solo la libertad de expresión sino también la libertad de convicciones o credo, y por tanto la igualdad, autonomía, y dignidad básicas de aquellos cuyo discurso se ha restringido.