El presente artículo contiene un comentario a la jurisprudencia desarrollada por la Corte Constitucional del Ecuador sobre el derecho a la igualdad. En vista de que la Corte Constitucional se refiere a los estándares desarrollados por la jurisprudencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos para analizar si un trato diferenciado es discriminatorio o no, analizaré brevemente el tratamiento del derecho a la igualdad en la jurisprudencia estadounidense y los factores necesarios para considerar a un criterio de diferenciación como una "categoría sospechosa". Finalmente, el artículo demostrará que la jurisprudencia desarrollada por la Corte Constitucional sobre "categorías sospechosas" y el "sistema de escrutinios" debe ser rectificada, toda vez que ocasionará problemas a los jueces que deban aplicarla en la resolución de casos concretos.
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