De las patentes de invención. Definición, requisitos y exclusiones

Autores/as

  • Marco Matías Alemán Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), Suiza

DOI:

https://doi.org/10.18272/iu.v2i4.551

Palabras clave:

patentes de invención, Definición de invención, Condiciones de patentabilidad, LO QUE NO SE CONSIDERA INVENCIÓN, Exclusiones,

Resumen

Las condiciones de patentabilidad son: aplicabilidad, industrial, novedad universal y nivel inventivo. Voy a desarrollar temas generales sobre patentes, tomando varios fallos del Tribunal Andino de Justicia y haciendo algunos comentarios sobre la normativa internacional vigente y sobre la Decisión 486. La Parte II del Acuerdo sobre los ADPIC establece un conjunto de normas básicas, que deben cumplir todos los Miembros, relativas a la existencia, alcance y ejercicio de los derechos de propiedad intelectual. Comprende ocho secciones relativas, respectivamente, al derecho de autor y derechos conexos, marcas, indicaciones geográficas, diseños industriales, patentes de invención, esquemas de trazado (topografías) de circuitos integrados, información no divulgada (secretos empresariales) y control de prácticas anticompetitivas en las licencias contractuales (esta última categoría no figura en la definición de propiedad intelectual del Artículo 1.2).

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Biografía del autor/a

Marco Matías Alemán, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), Suiza

Funcionario de la Organizacion Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)

Descargas

Publicado

2001-08-01

Cómo citar

Alemán, M. M. (2001). De las patentes de invención. Definición, requisitos y exclusiones. Iuris Dictio, 2(4). https://doi.org/10.18272/iu.v2i4.551

Número

Sección

Monográfica