De las patentes de invención. Definición, requisitos y exclusiones

Authors

  • Marco Matías Alemán Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), Suiza

DOI:

https://doi.org/10.18272/iu.v2i4.551

Keywords:

patentes de invención, Definición de invención, Condiciones de patentabilidad, LO QUE NO SE CONSIDERA INVENCIÓN, Exclusiones,

Abstract

Las condiciones de patentabilidad son: aplicabilidad, industrial, novedad universal y nivel inventivo. Voy a desarrollar temas generales sobre patentes, tomando varios fallos del Tribunal Andino de Justicia y haciendo algunos comentarios sobre la normativa internacional vigente y sobre la Decisión 486. La Parte II del Acuerdo sobre los ADPIC establece un conjunto de normas básicas, que deben cumplir todos los Miembros, relativas a la existencia, alcance y ejercicio de los derechos de propiedad intelectual. Comprende ocho secciones relativas, respectivamente, al derecho de autor y derechos conexos, marcas, indicaciones geográficas, diseños industriales, patentes de invención, esquemas de trazado (topografías) de circuitos integrados, información no divulgada (secretos empresariales) y control de prácticas anticompetitivas en las licencias contractuales (esta última categoría no figura en la definición de propiedad intelectual del Artículo 1.2).

Downloads

Download data is not yet available.

Author Biography

Marco Matías Alemán, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), Suiza

Funcionario de la Organizacion Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)

Published

2001-08-01

How to Cite

Alemán, M. M. (2001). De las patentes de invención. Definición, requisitos y exclusiones. Iuris Dictio, 2(4). https://doi.org/10.18272/iu.v2i4.551

Issue

Section

Monográfica