Divorcio incausado: una urgente actualización normativa
DOI:
https://doi.org/10.18272/ulr.v8i2.2280Palabras clave:
Divorcio, Divorcio incausado, derecho al libre desarrollo de la personalidad, autonomía de la voluntad, derecho a la privacidad familiar, derecho a la armonía familiar, proteccionismo, paternalismo, perfeccionismoResumen
Desde sus orígenes en el Ecuador, la figura civil del divorcio se rige por un sistema causalista. Para que el juez pueda declarar la disolución del vínculo matrimonial, es preciso que se verifiquen "”y se prueben"” una serie de elementos fácticos prescritos en la ley. Como es lógico, estos requisitos legales dificultan la libre terminación del vínculo y reducen el problema a uno de carácter probatorio. Sin embargo, este sistema fue introducido en el Ecuador hace ya más de cien años. Actualmente, el divorcio por causales resulta incompatible con un Estado en el que prima la libertad y la autonomía de la voluntad de sus ciudadanos. La libertad para decidir quién ser. El presente trabajo propone la mejor vía de escape para este anticuado régimen: un divorcio incausado y unilateral. No se requiere más que la voluntad de uno de los cónyuges, independientemente de las razones personales que lo motivaron a tomar esa decisión. Nada tendrá que ser probado ni justificado, pues el Estado no es acreedor de explicaciones tan íntimas. Su rol no consiste en decidir sobre la vida privada de las personas. Por el contrario, el Estado debe protegerlas para que, por sí mismas, tengan la libertad para decidir qué es lo que mejor les conviene. El divorcio incausado, por lo tanto, es respetuoso con el derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la intimidad y armonía familiar, además de valorar, por sobre todo, la autonomía de las personas. Es necesario introducirlo en el ordenamiento jurídico ecuatoriano para, por fin, dotar del elemento libertad a su régimen matrimonial.
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