El control de constitucionalidad
DOI:
https://doi.org/10.18272/iu.v1i2.530Palabras clave:
El control de constitucionalidad, El Constitucionalismo, El principio de supremacía CONSTITUCIONAL, FORMAS DEL CONTROL, Jurisdicción concentrada, El control constitucional,Resumen
Los fallos sobre constitucionalidad, como nos enseña la experiencia de otros países, pueden ser un importante factor de impulso para el progreso de un país, o pueden ser lo contrario. El control de constitucionalidad tiene excepcional importancia en un gobierno democrático y, por la egregia función que el Tribunal Constitucional tiene, preservar el principio de supremacía de la Constitución debería ocupar la más alta posición entre las instituciones públicas. Pero no obstante ser esta misión tan trascendental, pues es el tema central del constitucionalismo ya que de ella dependen la estabilidad de la Constitución y de las instituciones republicanas, en el Ecuador no se ha reconocido suficientemente su importancia, y la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el Tribunal de Garantías Constitucionales, a los cuales se ha asignado el control en las distintas épocas, no han logrado consolidar una doctrina orientadora. Corresponderá al actual Tribunal Constitucional lograr en el futuro lo que no se alcanzó en el pasado, lo que será posible si sus decisiones se caracterizan por la lealtad a los principios, por la prudencia y el acierto; de este modo el Tribunal contribuirá también a la vigencia de una efectiva seguridad jurídica en el país.
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