Eximente de responsabilidad de los accionistas por obligaciones laborales en la Sociedad por Acciones Simplificada: ¿violación al principio de intangibilidad de los derechos laborales?
DOI:
https://doi.org/10.18272/ulr.v9i1.2583Palabras clave:
intangibilidad, irrenunciabilidad, responsabilidad limitada, personalidad jujrídica, derechos laborales, accionistas, responsabilidad solidariaResumen
Este trabajo tiene como finalidad discutir acerca del conflicto de normas suscitado entre la Ley de Compañías y el Código de Trabajo respecto de la responsabilidad de los accionistas por las obligaciones laborales. Por una parte, La ley de Compañías, con la entrada en vigencia de la sociedad por acciones simplificada en la Ley de Compañías, su implementación supone que los accionistas no serán responsables por dichas obligaciones. Por otro lado, el Código de Trabajo indica que los socios responderán solidariamente por las deudas de la sociedad cuando el trabajo se realice para dos o más personas en calidad de socios. Por lo mismo, se discutirá qué norma prima dentro del presente conflicto de normas. Una vez determinada la primacía de la Ley de Compañías, se determinará por qué esto no representa una violación a los principios constitucionales de intangibilidad e irrenunciabilidad de los derechos laborales, sino más bien una excepcionalidad que no pretende desconocer en lo absoluto la responsabilidad de los accionistas, sino más bien brindar seguridad jurídica a los nuevos emprendimientos y garantizar deber del Estado de asegurar un desenvolvimiento eficiente de la actividad económica e inversión, sin que esto signifique menoscabar derechos laborales.
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