Partes no signatarias del convenio arbitral: entre la realidad económica y la ficción jurídica
DOI:
https://doi.org/10.18272/rea.i3.3583Palabras clave:
n/aResumen
El arbitraje, desde su surgimiento como un derecho fundamental de los ciudadanos!, ha revestido inusual importancia como institución del derecho, llegando a ser objeto de múltiples estudios y reflexiones de orden académico. y es que esto no es de asombro ni extrañez, pues, desde los albores del gremialismo comercial en la alta edad media, eran los propios comerciantes quienes, ante la ausencia de un Estado nacional que ejercite un monopolio legítimo de la fuerza dentro de un orden jurisdiccional, procuraban el advenimiento de soluciones justas y equitativas a sus disputas comerciales. Solo con el surgimiento del Estado nación y su correspondiente monopolio en la administración de justicia es que se comienza a mirar al arbitraje como un método alternativo -no natural- para que los individuos resuelvan sus conflictos. Sin embargo, los fenómenos que se han desarrollado desde mediados del siglo pasado en el ámbito del comercio mundial, la globalización, el surgimiento de zonas de libre comercio y regímenes aduaneros comunes, los crecientes flujos migratorios de las inversiones, el galopante desarrollo de la tecnología, el incontrolable avance de los medios de comunicación, han exigido métodos de solución de conflictos eficientes, ágiles, transparentes, modernos, flexibles, especializados y sobre todo dinámicos ante los nuevos retos y cambios de una sociedad cada vez más pujante. Es en este contexto en el cual el arbitraje ha manifestado un crecimiento geométrico, es cada vez más preferido como una opción al acudir a la justicia ordinaria.Descargas
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