Los derechos de los otros
DOI:
https://doi.org/10.18272/lr.v3i1.887Palabras clave:
Derechos de los animales, bienestar animal, Derecho animal, Ley Orgánica de Bienestar Animal LOBA, semovientes, derechos no humanos, sensocentrismo, especismoResumen
Ciento cincuenta y cinco años después de que el Código Civil categorizó a los animales como objetos, se analizan las consecuencias del cambio de paradigma de los animales hacia sujetos de derechos u objetos de protección jurídica. Entendiéndose que los animales son seres capaces de experimentar dolor, corresponde analizar el planteamiento que busca protegerlos de la violencia. El presente artículo expone a los animales como parte del grupo de los otros, entendiéndose como tal a aquellos que en algún momento fueron o son excluidos, víctimas de la irracionalidad. La reivindicación de los derechos de los animales debe entenderse como un problema de justicia de nuestra época, ¿existen razones legítimas para negarles protección jurídica a los animales? Se analizarán, en concreto, tres posibles tesis. La primera, propone a los animales como objetos de derechos; la segunda, como sujetos y, finalmente, la tercera, como objetos de protección. Se buscará demostrar el reto que implica la categorización de los animales en un concepto jurídico no tradicional, además de justificar la urgencia del mismo. Actualmente, el Ecuador atraviesa un momento crucial en cuanto a los derechos de los animales se refiere, pues se discuten proyectos legislativos importantes en la materia. Además, se analizarán los cambios legislativos y jurisprudenciales que otros países han desarrollado a favor del reconocimiento de los derechos de los animales.
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