Eliminación del requisito del 25 % de participación en el capital social en los recursos de impugnación de acuerdos sociales

Autores/as

  • Pablo Aguinaga Trillos YEA ICC

DOI:

https://doi.org/10.18272/ulr.v11i2.3360

Palabras clave:

Reforma, Ley de Compañías, requisito de participación mínima, capital social, recurso(s) procesal(es) de impugnación, socios y accionistas

Resumen

Antes de la reforma de 2023, el derecho de impugnación estaba reconocido por la Ley de Compañías como un derecho fundamental para todos los accionistas, independientemente de su porcentaje de participación en el capital social. Sin embargo, el ejercicio de los recursos procesales de impugnación sí dependía del porcentaje de participación que tenía el socio o accionista en el capital social de la compañía. Luego de la reforma a la Ley de Compañías, se eliminó el requisito del porcentaje mínimo de participación en el capital social para ejercer los recursos procesales de impugnación. Este cambio en el régimen de los recursos procesales de impugnación es clave para el futuro, ya que podría abrir la posibilidad de una protección excesiva a los socios y accionistas minoritarios.

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Publicado

2024-11-13

Cómo citar

Aguinaga Trillos, Pablo. «Eliminación Del Requisito Del 25 % De participación En El Capital Social En Los Recursos De impugnación De Acuerdos Sociales». USFQ Law Review, vol. 11, n.º 2, noviembre de 2024, doi:10.18272/ulr.v11i2.3360.

Número

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Artículos

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