Hacia una concepción moderna de la personalidad jurídica internacional
¿Es el inversionista extranjero un sujeto de derechos?
DOI:
https://doi.org/10.18272/lr.v5i1.1217Palabras clave:
Personalidad jurídica internacional, sujetos de Derecho, Derecho Internacional público, protección diplomática, Derecho Internacional de las inversiones, actos unilaterales de los EstadosResumen
La subjetividad bajo el Derecho Internacional contemporáneo es un área de discusión que no ha sido concluida. En un período menor a un siglo, el Derecho Internacional público ha experimentado un cambio sustancial pasando de la concepción de orden jurídico donde los Estados ocupan el centro de la imputación normativa a la existencia de una pluralidad de sujetos con la aptitud de ser titulares de derechos. En las últimas décadas, la proliferación de mecanismos que permiten la exigibilidad directa de compromisos internacionales asumidos por los Estados ha hecho imperativo repensar la vigencia de instituciones clásicas como la protección diplomática. Esta necesidad se ha visto particularmente presente en el régimen de la protección de la inversión a raíz del surgimiento de los mecanismos inversionista-Estado de solución de disputas. En ese contexto, el presente trabajo tiene como objeto arrojar luces acerca de la condición del inversionista bajo la lex specialis del Derecho Internacional de las inversiones. Por lo tanto, se pretende dilucidar si el inversionista goza de personalidad jurídica internacional.
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