Libre
Después de la Segunda Guerra Mundial, específicamente en el año 1972 se inicia un interés por tutelar el medio ambiente, en razón del desarrollo tecnológico científico que como consecuencia mejora la calidad de vida del ser humano.
Al investigar sobre el medio ambiente en la Constitución ecuatoriana, las disposiciones y el enfrentamiento que existe con el desarrollo sustentable y la búsqueda del nivel de vida digno, hace que las normas constitucionales deban ser a más de declarativas, eficaces, por lo que el legislador ha desarrollado leyes que tienen íntima relación con este tema y una de ellas es que ha descrito conductas en el Código Penal, que se tipifican en delitos y contravenciones, manteniendo en forma coherente la posición teórica kelnesiana de buscar la eficacia a través de la coacción.
Pero debemos buscar la eficacia en que el destinatario de la norma la cumpla para que el beneficiario de la misma tenga la realidad de que sus derechos serán respetados. En el caso de incumplimiento buscar las acciones en la calidad de ciudadanos, en una democracia participativa, para realizar el control y defender la vida digna.
Esa defensa nos hace desarrollar el concepto de ambiente o de medio ambiente en relación con el derecho, para llegar al bien jurídico que protege el mismo y así determinar cuando existe el daño ambiental.
Además, al momento que existe el daño, se ha determinado que hay responsabilidades subjetivas como objetivas, cada una se ha explicado en forma muy breve; lo que podemos sacar de conclusión es que tomando en cuenta la actividad, existe riesgo, por lo que la doctrina y la legislación son proclives para que exista responsabilidad objetiva.
En el presente trabajo en forma muy breve se ha expuesto un reporte realizado por Acción Ecológica, como motivo de la investigación de las fumigaciones que se realizan en la zona del Putumayo, conforme al Plan Colombia, existiendo ya daños al medio ambiente, a la salud, afectando la economía de sus habitantes.
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