La publicación por parte de los centros de arbitraje de laudos que no hayan sido impugnados
DOI:
https://doi.org/10.18272/rea.i12.3453Palabras clave:
Publicidad, publicación, confidencialidad, centros de arbitraje, laudos arbitralesResumen
La publicación de los laudos arbitrales como medida de transparencia y herramienta para estudio de casos análogos, enfrenta a una corriente de defensores de la tesis de que la confidencialidad del proceso arbitral se extiende inclusive a los laudos arbitrales. Las legislaciones y centros de arbitraje, que aprecian y defienden el deseo de las partes de mantener la reserva en los asuntos materia de controversia, han actuado cautelosamente en cuanto a la posibilidad de publicidad. No han dejado de reconocer los argumentos a favor de esta y algunos centros arbitrales de prestigio han efectuado reformas a sus normas y reglamentos para regular con condicionamientos la mencionada publicidad. En general, se debe cumplir exigentes requisitos concretos para que esto ocurra. Este artículo busca dar algunos antecedentes y orientaciones, a fin de que en el Ecuador se encuentre un equilibrio en las medidas que deben tomar los centros para resolver el problema, robusteciendo el mecanismo arbitral a tono con los tiempos.Descargas
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