TY - JOUR AU - Villacreses Brito, Gustavo Andrés AU - Marroquín Ruiz, María Paula AU - Bermeo Gallegos, Genesis Ariana PY - 2019/09/13 Y2 - 2024/03/29 TI - Inconstitucionalidad de la inapelabilidad de los laudos en Ecuador JF - USFQ Law Review JA - USFQLawReview VL - 6 IS - 1 SE - Artículos DO - 10.18272/lr.v6i1.1387 UR - https://revistas.usfq.edu.ec/index.php/lawreview/article/view/1387 SP - 257-283 AB - <p>El Estado tiene diversas potestades, entre ellas, la facultad de administrar justicia. Un eje transversal en este ejercicio es el debido proceso, que contiene el derecho a la defensa. Este, a su vez, tiene como una de sus garantías fundamentales el derecho a recurrir la decisión resultante. Sin embargo, no solo el Estado ha buscado ejercer estas facultades, sino que paralelamente los particulares se han organizado para la institucionalización privada de la justicia. El resultado es la existencia de métodos alternativos de solución de conflictos. Uno de ellos es el arbitraje. Este ha sido regulado específicamente en la legislación ecuatoriana por la Ley de Arbitraje y Mediación. No obstante, esta norma ha restringido el derecho a recurrir los laudos. Dicha prohibición ha sido respaldada por la Corte Constitucional a través de tres argumentos principales que los ha expuesto en la absolución de consultas constitucionales. En este trabajo se analiza la validez y coherencia de estos fundamentos empleados para defender la constitucionalidad de esta limitación. El primer argumento, afirma que la prohibición es legítima por ser legal, pero descuida la supremacía constitucional. El segundo, defiende la presunta carencia de potestad jurisdiccional en el arbitraje, pero no considera que el ordenamiento ha envestido al arbitraje con una naturaleza jurisdiccional y con carácter de servicio público. Finalmente, el tercero, asume una renuncia al derecho al doble conforme que las partes realizan en el negocio arbitral, olvidando que los derechos constitucionales son irrenunciables. Como resultado, se encuentra en tela de duda la constitucionalidad de la inapelabilidad de los laudos en Ecuador. Finalmente, se recomienda como alternativa la creación de un sistema de doble instancia arbitral y así preservar su naturaleza privada, pero sin desconocer su carácter jurisdiccional.</p> ER -