Las licencias obligatorias de patentes en el Ecuador. Una breve referencia al caso de los medicamentos y al decreto presidencial 118

Autores/as

  • Manuel Fernández de Córdoba V.

DOI:

https://doi.org/10.18272/iu.v13i15.723

Palabras clave:

Decreto 118, Inventos, Patentes, Licencias de patente, licencias obligatorias, legislación internacional, Convenio de París, interés público, patentes en el Ecuador, declaración de interés público, bienes jurídicos superiores

Resumen

La licencia de patente es un mecanismo de autorización de explotación que puede surgir de la voluntad del licenciante en convenio con el licenciatario o bien puede originarse de un acto de la Administración Pública. En el segundo caso, tanto la normativa subregional andina, cuanto nuestra Ley de Propiedad Intelectual, contienen causales específicas y alineadas con la doctrina y convenios internacionales, por las cuales, puede el Estado otorgar licencias obligatorias de patentes. En este sentido, cabe analizar exhaustivamente las mismas, como mecanismo de prevenir abusos de derechos de propiedad intelectual y precautelar intereses públicos legítimos. En el caso ecuatoriano, el sector farmacéutico específicamente, mediante Decreto 118, ha sido foco de atención en cuanto a la potestad estatal de otorgar licencias obligatorias de medicamentos bajo los parámetros legales enunciados.

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Publicado

2013-01-01

Cómo citar

Fernández de Córdoba V., M. (2013). Las licencias obligatorias de patentes en el Ecuador. Una breve referencia al caso de los medicamentos y al decreto presidencial 118. Iuris Dictio, 13(15). https://doi.org/10.18272/iu.v13i15.723

Número

Sección

Artículos