La posición jurídica del titular de la marca registrada en España y la Comunidad Económica Europea
DOI:
https://doi.org/10.18272/iu.v5i8.614Palabras clave:
Teorías sobre la naturaleza jurídica de las marcas, Derecho de la personalidad, propiedad material, propiedad inmaterial, Otras teorías, derecho exclusivo sobre la marca, protección de la solicitud de la marca, Protección provisional, Limitaciones en el uso de la marca, Reproducción de la marca en diccionarios, Información para los consumidores, Acciones protectoras,Resumen
¿Qué hace una marca? ¿Por qué es importante el estudio de las marcas y los nombres comerciales? Por varias razones las marcas y los nombres comerciales tienen cada vez mayor trascendencia en la vida cotidiana de las personas y de los negocios: tan solo en Ecuador se han registrado casi cien mil marcas en 12 años. La Internet, la televisión por satélite, la publicidad global entre otros factores han permito una mayor intemacionalización de los productos y servicios. El mundo del siglo XXI -caracterizado por una neoeconomía de mercado- mantiene varias exigencias en el comercio internacional y requiere de una mayor protección de los bienes producidos y comercializados. Esto ha conllevado a un mayor desarrollo en el ámbito jurídico de la posición del titular de la marca registrada, reflejado con la promulgación de la nueva Ley española de Marcas de 2001 (LM 17/2001), y por convenios mundiales como las rondas del GATT, los ADPIC, la OMC y la OMPI. En el marco de la Comunidad Andina (CA) encontramos la Decisión 486 sobre el Régimen Común sobre Propiedad Industria y la referencia específica sobre marcas en el artículo 55 del Acuerdo de Cartagena.
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